1.         Introducción

La Fundación para el Desarrollo Tecnológico Agropecuario del altiplano (FDTA-Altiplano), establece la incorporación de nuevos Miembros Activos en la instancia de máxima decisión de la Fundación que es la  Asamblea de Socios, en este sentido pone en conocimiento de los interesados, aspectos sobresalientes que ayuden a caracterizar este proceso de incorporación de nuevos socios en calidad de Miembros activos a la FDTA -Altiplano.

 

 

2.         Estatuto y Reglamento para Admisión de Nuevos Socios

La Fundación Altiplano establece en el artículo 12 de su Estatuto Orgánico  que:

Podrán ser Miembros Activos de la Fundación todas aquellas personas públicas o privadas con personalidad jurídica  o su equivalente, exceptuando aquellas que se encuentran constituidas por ley y con representación institucional colectiva, que sean capaces de aportar activamente, y que demuestren interés genuino en apoyar los objetivos de la  Fundación. Podrá haber un número ilimitado de Miembros Activos. Por lo menos un 60% de los Miembros Activos deben demostrar una representación gremial de los usuarios demandantes de servicios de innovación, debiendo provenir de sectores  como ser: productores agropecuarios agroindustriales, forestales y otras organizaciones colectivas de servicios relacionados al sector, los mismos que son reconocidos como componentes importantes en las cadenas agropecuarias.

 

Asimismo el Reglamento Interno de la FDTA Altiplano, señala lo siguiente:

ARTÍCULO 5.- (ADMISIÓN) La admisión de miembros de la FDTA-Altiplano es el conjunto de procedimientos que deben seguirse para la incorporación de un nuevo miembro.

 

ARTICULO 7.- (REQUISITOS PARA NUEVOS MIEMBROS). Los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:

ü    Carta de presentación y solicitud de admisión dirigida al Presidente de la FDTA – Altiplano.

ü    Hoja de vida Institucional documentada.

ü   Experiencia de trabajo en la Macro-Eco-Región  del Altiplano

ü   Personalidad Jurídica o su equivalente cuando se trate de  Entidades Privadas

ü   Resolución Suprema, Prefectural o Decreto cuado se trate de Entidades Públicas.

 

ARTÍCULO 8.- (PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN PARA NUEVOS MIEMBROS ACTIVOS). Para el ingreso de cualquier entidad a la FDTA-Altiplano deberá cumplirse con el siguiente procedimiento:

El Presidente de Directorio, deberá realizar la Invitación Pública correspondiente y reforzar la misma a través de medios masivos  de comunicación regional, a fin de garantizar una amplia difusión, para la incorporación de nuevos miembros activos a la FDTA – Altiplano.

La admisión de solicitudes, deberá estar abierta durante todo el  año.

 

ARTICULO 9.- (CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y HABILITACIÓN). El Directorio, deberá nombrar un Comité de Evaluación y Habilitación para la incorporación de nuevos miembros a la Fundación, el mismo deberá estar conformado de la siguiente manera:

                1 Presidente  - Designado por el Directorio.

2. Vocales     -  Designados por el Directorio.

1. Secretario  -  Asesor Legal o Administrador de la Fundación.

 

ARTÍCULO 10.- (ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y HABILITACIÓN):

ü  Señalar las variables de evaluación legal y técnica para las postulaciones

ü   Revisar la documentación fehaciente presentada,  debiendo considerar la solicitud de documentación complementaria en aquellos casos que así lo ameriten.

ü  Para la admisión, el Comité  deberá velar por la proporcionalidad de miembros activos en la Asamblea, asegurando al menos el 60% de participación de usuarios demandantes de innovación tecnológica.

ü  Presentar a consideración del Directorio un informe para la admisión, postergación o rechazo.

ü  Aprobar las invitaciones cursadas a personalidades y/o instituciones de reconocido prestigio y merecimiento.

 

 

3.         Aclaración de Términos

Oferente: Entidad privada que presta servicios de capacitación y Asistencia Técnica para la Innovación Tecnológica. Entra en esta categoría la entidad que haya realizado este tipo de servicios al menos por una vez.

Demandante: Entidad privada que recibe ó demanda servicios de innovación tecnológica, sea en capacitación ó asistencia técnica.

Institución Pública: Entidad dependiente de la administración estatal que presta serviciós para el desarrollo agropecuario en la macro-eco-región.

 

 

4.         Invitación:

La Presidencia de la FDTA – Altiplano, tiene el agrado de invitar a las entidades interesadas en ser parte de la Fundación Altiplano como nuevos Miembros Activos de la Asamblea, a presentar la documentación señalada en el Artículo 7 del Reglamento (descrito líneas arriba), a partir de la fecha en las siguientes direcciones:

Oruro (Oficina Central)

Edificio Cámara de Industrias 2do. Piso, calle Potosí No. 1495 esquina Adolfo Mier

La Paz (Oficina de Enlace)

Av. Mariscal Santa Cruz No. 1364, Edificio, Edificio La Primera Bloque A Piso 18 Of. 4

Potosí (Oficina de Enlace)

Av. Universitaria s/n  Edificio Ramírez Choque 3er. Piso, frente a la terminal de buses.

Tarija (Oficina de Enlace)

Calle Alejandro del Carpio No. 652 (entre O’connor y Junin)

Mayores informes contactándose con  el E-mail: jclavijo@fdta-altiplano.org.

 

Agosto de 2005

 

La Presidencia

FDTA – Altiplano